Contrato minero | ¿Qué pasará luego del fallo de la Corte Suprema de Justicia?
Minera Panamá
La abogada Martita Cornejo detalla que el cese de operaciones de la mina y el cierre de las mina son casos diferentes.
Aseguró que la Corte Suprema de Justicia debe emitir un fallo de inconstitucional para restablecer la paz social del país.
Ciudad de Panamá/Luego de finalizar la fase de alegatos de las demandas de inconstitucionalidad que se presentaron en contra del contrato-ley aprobado mediante la Ley 406 del 20 de octubre de 2023, la el Pleno de la Corte Suprema de Justicia entrará en sesión permanente a partir del 24 de noviembre, para definir si el contrato minero viola o no la constitución.
Cornejo explicó en Noticias AM que, la Corte no solo tiene que evaluar los artículos que los abogados consideran violados a través del acto del contrato-ley, sino que tiene que realizar una evaluación integral sobre toda la constitución y los artículos que ase consideren violados.
Sobre la teoría de que la Corte puede emitir un fallo constitucional la abogada asegura de que no sería posible de ninguna manera.
Sabemos que no hay forma humana donde la Corte Suprema no pueda declarar una inconstitucionalidad total del contrato-ley 406 de 2023”, aseguró Cornejo.
El sistema de nombramiento de los magistrados que integran la Corte Suprema es a través del nombramiento que se realiza desde el Órgano Ejecutivo, en ese sentido, Cornejo solicitó a los magistrados del Pleno que se 'despojen de ese recuerdo de haber sido nombrados por un gobierno'.
Señaló la demandante que la Corte no solo debe decir que se violó el debido proceso, sino que es justo y necesario que la Corte manifieste que se violó el artículo de la constitución donde dice que Panamá acata los tratados y convenios internacionales.
En la Convención Internacional de los Derechos Humanos se acordó el derecho de vivir en un ambiente saludable, sin embargo, la abogada expone que se permitió el establecimiento de una empresa minera en el Corredor Biológico Mesoamericano a pesar de los convenios de protección suscritos en los años 1992 y 1997.
"La Corte Suprema de Justicia se tiene que pronunciar sobre la violación al artículo 4, se tiene que pronunciar sobre los fueros y privilegios que se crearon para esta mina que no paga derecho portuario, que está exenta del pago impuesto sobre la renta que usted y yo pagamos, que está exenta del pago del impuesto de transferencia de bienes muebles, que tiene privilegios sobre contrataciones laborales distintas a los regímenes que están para todos los panameños en el código de trabajo. Hay demasiados aspectos que la Corte Suprema tiene que entrara a decidir", expresó Cornejo.
¿Qué pasa luego del fallo?
De acuerdo con la jurista, una vez se emita el fallo de inconstitucionalidad y sea publicado en Gaceta Oficial, el gobierno debe notificar a la empresa minera el cese de sus operaciones de extracción de material mineral, es decir, que Minera Panamá no podrá seguir operando posterior al fallo que se espera sea inconstitucional.
Explicó que el cese de operaciones es muy diferente al proceso de cierre de la mina, lo cual según varios grupos ambientalistas y especialistas en la materia, es un proceso que puede durar varios años.
Una vez dos de los demandantes (Martita Cornejo y Juan Ramón Sevillano) se notifiquen y pasen los tres días de ejecutorias, la empresa minera no puede a través de sus abogados, solicitar aclaración de sentencia en la secretaría general de la Corte, siendo esta la herramienta utilizada con el fallo anterior.
El pronunciamiento es definitivo y no hay recurso alguno, pero existe la posibilidad de la solicitud de aclaración", indicó.
Anteriormente, el fallo de 2017 no fue publicado en la Gaceta Oficial porque la Corte recibió varias solicitudes de aclaración de sentencia y esto dilató el proceso.
Cierre de la mina
Grupos ambientalistas y demás expertos, incluyendo a Cornejo, han indicado que el gobierno nacional debe asignar un equipo interdisciplinario, para el cierre progresivo de la mina.
Cornejo advirtió que no se debe permitir que el cierre se haga entre la empresa minera y el gobierno, "no nos debemos confiar de que quien ha hecho el daño lo va a solucionar", dijo la experta en derecho.
Además, puntualizó que el gobierno debería reclamar todos los gastos que se incurran en el cierre de la mina en proceso de arbitraje.