Aprueban uso de mascarillas en la ciudad de Panamá y recomiendan incluirlas en control de precios

Consejo Municipal aprueba acuerdo sobre uso obligatorio de mascarillas, recomienda incluirlas en control de precios / Cortesía

El Consejo Municipal del distrito de Panamá aprobó este martes 28 de abril un acuerdo que establece el uso obligatorio de mascarillas o cubrebocas. También se fijaron sanciones para quienes violen el toque de queda durante la cuarentena por el COVID-19.

El nuevo Acuerdo Municipal Nº 80 del 28 de abril 2020, establece los siguientes puntos:

Artículo Primero: La persona que viole en su día u hora de salida sin contar con un salvoconducto será sancionado de $50 a $1,000. De no contar con el dinero para cancelar la sanción, el Juez de Paz reemplazará dicha multa por trabajo comunitario.

Artículo Segundo: Será amonestado verbalmente, la persona que circule fuera de su residencia sin utilizar mascarilla o cubreboca para disminuir el contagio del COVID-19.

Artículo Tercero: En caso de reincidencia de las faltas descritas en los artículos anteriores, el sancionado deberá realizar trabajo comunitario en el corregimiento o en la entidad pública designada por el Juez de Paz de turno en coordinación con la Policía Nacional. La institución donde se realice estos trabajos deberán proveer de mascarillas, guantes y demás implementos necesarios para cumplir con la labor asignada.

Artículo Cuarto: Se exceptúan de realizar trabajos relativo al ornato, limpieza, mantenimiento, decoración, construcción y reparación, las personas con afecciones cardíacas, presión alta y diabetes, siempre y cuando demuestren su condición clínica mediante certificado médico de profesional idóneo; de no contar con este documento se le otorgará al sancionado el término de tres días para aportarlo.

Artículo Quinto: Las oficinas públicas que operen dentro de la capital, deberán suministrar a todos sus colaboradores mascarillas o cubrebocas a fin de salvaguardar su salud y de las personas a su alrededor.

Artículo Sexto: Se deroga el Acuerdo Municipal anterior.

El alcalde capitalino, José Luis Fábrega argumentó que este nuevo Acuerdo deja sin efecto el Acuerdo anterior (Nº 79 del 21 de abril 2020).

“Con esto buscamos que el que viole la cuarentena y salga a circular fuera del horario establecido para X o Y persona, se le establece una multa mínima de 50 balboas y una multa máxima de 1,000 balboas. Esto coincide con el Decreto Presidencial, presentado por el Órgano Ejecutivo, a fin de restringir la circulación y el posible contagio entre los ciudadanos”, resaltó.

Para aquellas personas que salen fuera de sus hogares sin el uso de la mascarilla o cubreboca, en lugar de establecer una sanción económica, la primera sanción será verbal y si el individuo es reincidente, el Juez de Paz le establecerá un trabajo comunitario, ya sea en las Juntas Comunales o corregimiento que el Juez considere conveniente en alguna de las instalaciones que tenga el Órgano Ejecutivo o que pueda tener la Alcaldía de Panamá.

Fábrega enfatizó que los trabajos comunitarios establecidos por los Jueces de Paz serán coordinados con la Policía Nacional para que sean ellos los responsables de que el trabajo se realice en orden y que las personas que violen por segunda vez la disposición de salir sin la mascarilla o cubreboca sepan que van a ser sancionadas. “Queremos salvaguardar la salud de todos los panameños”, concluyó.

Control de Precios

El Consejo Municipal también aprobó una resolución para que el Gobierno Nacional considere la inclusión de la mascarilla dentro del listado de productos bajo control de precios.

El abogado consultor, Jorge Chong, explicó que esto resuelve también solicitar la incorporación de la mascarilla como parte de la canasta básica familiar.

En tanto, Carlos “Tito” Lee, presidente del Concejo, señaló que esto es una recomendación que hacen todos los representantes de la comuna capitalina al Gobierno Central, puesto que no todos los ciudadanos cuentan con los ingresos necesarios para la compra de mascarillas.

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