Comisión de Credenciales está facultada para conocer la renuncia de Zulay Rodríguez
Asamblea Nacional
Ciudad de Panamá/El procurador de la Administración, Rigoberto González, emitió su opinión de la interpretación del numeral 1 del Artículo 50 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, en consulta hecha por el presidente de la Comisión de Credenciales, Raúl Pineda y que guarda relación con la renuncia presentada por Zulay Rodríguez, al cargo de diputada.
En el transcurso del primer debate presidencial, la candidata presidencial Zulay Rodríguez hizo una serie de declaraciones contundentes sobre su posición actual como diputada del circuito 8-2, que abarca el distrito de San Miguelito.
Según Rodríguez, el jueves 26 de febrero, presentó oficialmente su renuncia al cargo como diputada, correspondiente a su actual curul.
Pineda consultó al procurador de la Administración lo siguiente: ¿Cuál es el alcance de la disposición y qué tipo de trámites, en su criterio, debería adelantar la Comisión para cumplir a cabalidad el espíritu de la norma y, por tanto, las funciones correspondientes a la misma?
Pineda agregó que en su intención como presidentes es guiar a sus colegas comisionados en los procedimientos legales que deben seguirse. A su vez, garantizar el cumplimiento de sus funciones.
En sus consideraciones finales, el procurador González señaló en su respuesta que:
- Se debe tener claro, que la renuncia a un cargo público es un derecho y una decisión libre, autónoma y justificada, para separarse del ejercicio de una función pública en una determinada posición.
- La renuncia a un cargo público, es una forma de manifestación de la voluntad personal y una expresión del ejercicio de su libertad; por lo tanto, su presentación comporta, para el Estado, la obligación de aceptarla dentro de un término razonable, salvo las excepciones determinadas por la Constitución política o la ley.
- La renuncia al cargo de Diputado de la Asamblea, deberá ser en todo momento de conocimiento de la comisión de Credenciales Reglamento, Ética parlamentaria y Asuntos Judiciales, tal como lo dispone el Reglamento orgánico del Régimen lnterno de la Asamblea Nacional.
- El contenido del artículo 50 tal como está redacto, no condiciona ni determina, las otras funciones que posee la Comisión de Credenciales, Reglamento, Ética Parlamentaria y Asuntos Judiciales y que se encuentran, desarrolladas en sus doce (12) numerales.
- La Comisión de Credenciales, Reglamento, Ética parlamentaria y Asuntos Judiciales, tiene la función de estudiar, proponer proyectos, emitir concepto y a parte de estas, las demás que se desarrollan en todos sus numerales.
Concluye el procurador González que "la Comisión de Credenciales, Reglamento, Ética Parlamentana y Asuntos Judiciales, tiene la facultad privativa para conocer de la renuncia, y solamente a conocer de la misma, del cargo de Diputado y Diputada de la Asamblea Nacional con posterioridad a ello, a través de la secretaría General de ese mismo órgano del Estado, pondrá en conocim¡ento, mediante el trámite oficial correspondiente (uno Noto, un lnforme un Actol al Presidente de la Asamblea Nacional, conforme sea el trámite prop¡o que ejerce dicha Secretaría General".
"Una vez emitida la nota, informe o acta que ha de enviarse al presidente de la Asamblea Nacional, es para que éste inmediatamente proceda a realizar las notificaciones correspondientes como, por ejemplo, a la Contraloría General de la República a objeto que cese el pago del diputado o diputada que haya presentado su renuncia, así como a otras autoridades que así lo requieran", expresó la nota del procurador González.,
Por el caso lingotes, la audiencia de imputación de cargos contra la diputada Zulay Rodríguez, fue suspendida, debido a que la diputada no se presentó al sitio.
La audiencia fue reprogramada para el próximo 7 de marzo. A la audiencia que fue aperturada por la magistrada Ariadne García, solo asistió el abogado de Rodríguez, sin embargo, para iniciar la misma debe estar presente la señalada.
Se conoció que, no se presentaron excusas, ni certificado, simplemente no se presentó.