Comisión de la Mujer aprueba en primer debate reformas al sistema nacional de alerta Amber

El renovado sistema nacional de alerta Amber funcionará mediante acciones coordinadas entre instituciones públicas, organizaciones no gubernamentales y empresas privadas.

Ciudad de Panamá, Panamá/La Comisión de la Mujer de la Asamblea Nacional aprobó este jueves en primer debate el proyecto de ley 215, que busca modernizar el sistema nacional de alerta Amber para la búsqueda rápida y efectiva de menores desaparecidos en Panamá.

La iniciativa, que subrogaría la actual Ley 230 del 24 de junio de 2021, eleva a "tema de Estado" la gestión y activación temprana de alertas en casos de extravío, sustracción o desaparición de personas menores de edad, fortaleciendo los mecanismos existentes para su localización.

Según se detalla en el documento aprobado en comisión, el renovado sistema nacional de alerta Amber funcionará mediante acciones coordinadas entre instituciones públicas, organizaciones no gubernamentales y empresas privadas, con el respaldo fundamental de los estamentos de seguridad, gobiernos locales y medios de comunicación. La articulación interinstitucional será la clave para agilizar la difusión, búsqueda, localización y recuperación de niños, niñas y adolescentes reportados como desaparecidos.

Este sistema tendrá una estructura renovada que incluirá:

  • Un Consejo Directivo presidido por el Ministerio de Seguridad Pública, con representación de diversas instituciones gubernamentales y organizaciones civiles
  • Una oficina de activación temprana adscrita al Ministerio de Seguridad Pública
  • Un director ejecutivo especializado en temas de emergencia, seguridad o niñez
  • Unidades técnicas que se conformarán según las necesidades específicas

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El cambio más significativo es la transferencia de la gestión de la alerta Amber del Ministerio de Gobierno al Ministerio de Seguridad Pública, lo que permitirá una respuesta más inmediata y directamente coordinada con los cuerpos de seguridad nacional.

La nueva legislación establece parámetros precisos para la activación de una alerta Amber:

  • La persona reportada debe ser menor de 18 años
  • La información disponible debe ser suficiente para identificar al menor
  • Se requiere el consentimiento de padres o tutores, aunque el Consejo Directivo podría, en casos excepcionales, ordenar la activación sin dicho consentimiento

Las alertas circularán a través de televisión, radio, redes sociales, dispositivos móviles y carteles físicos y electrónicos durante un período inicial de 5 a 24 horas, con posibilidad de extenderse según la evolución del caso.

Una importante innovación es la obligatoriedad para las empresas de telefonía móvil de difundir las alertas mediante mensajes de texto o correos electrónicos a sus clientes, lo que amplificará considerablemente el alcance de las búsquedas. Se pudo conocer que la oficina de activación temprana desarrollará una infraestructura digital que incluirá página web, cuentas en redes sociales y una aplicación móvil, permitiendo a los ciudadanos recibir notificaciones instantáneas sobre alertas activas.

Adicionalmente, el proyecto contempla la creación de una base de datos integrada y el intercambio de información con el Sistema Nacional Integrado de Estadísticas Criminales (SIEC), fortaleciendo la capacidad analítica y preventiva del sistema. El proyecto de ley pasará ahora a segundo debate en el pleno de la Asamblea Nacional.

Con información de Hellen Concepción

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