Asociaciones de colegios particulares se pronuncian por fallo de la Corte Suprema de Justicia

Educación en Panamá

La Corte Suprema de Justicia indicó a través de un fallo, que no se podrá interrumpir el proceso de aprendizaje de un menor por mora financiera.

Ciudad de Panamá/Luego de que la Corte Suprema de Justicia declarara la inconstitucionalidad de los artículos 47, 166 y 222 de la Ley No. 285 de 15 de febrero de 2022, que crea el Sistema de Garantías y Protección de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, asociaciones de colegios particulares se reunieron este jueves 18 de julio para analizar el fallo de la Corte y advirtieron del peligro que representa la intromisión del Estado en la parte administrativa del sector privado.

Y es que el pasado 15 de julio se publicó en la Gaceta Oficial el fallo en donde se señala que la educación es un derecho de los seres humanos y que el Estado debe velar por la educación de todos los niños.

En ese fallo, la Corte determinó, entre otras cosas, que los colegios particulares no tendrán derecho a interrumpir el proceso de aprendizaje de un menor por mora financiera que mantenga el padre con el colegio particular.

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Sin embargo, para Edwin García, presidente de la Asociación Panameña de Colegios Particulares (APCP) la decisión de la Corte los está obligando a cargar con la responsabilidad que tiene el Estado de garantizar el acceso a una educación gratuita y pública.

"Reconocemos como gremios que hay una injerencia del Estado en la educación nacional, en la parte académica, y lo deja bien claro la Constitución de la República, no así en la parte administrativa. Hoy día, el fallo de la Corte Suprema de Justicia está dejando claro la injerencia del Estado en la parte administrativa de la empresa privada, y esto es muy peligroso", indicó García.

Deika Pineda, de la Asociación de Centros Educativos Unidos, indicó que están a la espera de poder reunirse con la ministra de Educación, Lucy Molinar, con el fin de llegar a un consenso para que el estudiante tenga continuidad educativa, pero también darán a conocer su preocupación por la seguridad jurídica de estas escuelas particulares.

¿Qué dicen los artículos declarados demandados?

La inconstitucionalidad de los artículos 47, 166 y 222 de la Ley No. 285 de 16 de febrero de 2022, que crea el Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y la Adolescente y dicta otras disposiciones, mediante las cuales se establece:

Artículo 47Garantía de no afectación del proceso enseñanza-aprendizaje". Los centros de educación particular, a fin de garantizar que el proceso enseñanza-aprendizaje no se vea afectado para los estudiantes cuyos padres mantengan saldos pendientes de acuerdo con el servicio educativo contratado, no adolescente, y, al finalizar este, emitirán una certificación en la que consten los datos generales del educando, el grado cursado y el promedio final obtenido. Esta certificación servirá como documento provisional válido para que el estudiante pueda ser matriculado en otro centro educativo del país hasta que sea cancelada la deuda pendiente con el centro educativo y pueda, entonces, solicitar los créditos oficiales correspondientes.

Artículo 166Derecho a la continuidad educativa. El niño, niña o adolescente tiene garantizado el derecho a la educación, aun cuando sea objeto de medida disciplinaria en el centro educativo que conlleve el cambio del plantel educativo. La medida disciplinaria no se hará efectiva hasta que el acudiente, en coordinación con el Ministerio de Educación, matricule al estudiante en un nuevo centro educativo, oficial o particular, en el mismo año lectivo.

Artículo 222Impedir ingreso a clases o acceso a asignaciones escolares. El director de un centro educativo, particular u oficial, que por cualquier motivo retenga boletines, créditos académicos o impida el ingreso a clases o el acceso a asignaciones escolares a un niño, niña o adolescente será sancionado por el Ministerio de Educación con multa de quinientos balboas (B/.500.00) a mil balboas (B/.1 000.00)."

Con información de Yenny Caballero

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