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Clientes en riesgo de no recibir beneficio de ley de moratoria

Clientes en riesgo de no recibir beneficio de ley de moratoria / Elizabeth González
Elizabeth González - Periodista
21 de julio 2020 - 20:31

Ciudad de Panamá/Todo indica que al menos una gran parte de los clientes de servicio de energía eléctrica no serán beneficiados con la aplicación de la ley 152 sobre moratoria de los servicios públicos.

La falla estaría en que estos clientes no han llenado el formulario para la suspensión temporal del pago de los servicios públicos.

La Ley 152 sobre moratoria para estos servicios y promulgada en mayo por el Estado de Emergencia, establece que a partir del 1 de marzo de 2020 y por 4 meses, se suspendía el pago de la energía eléctrica, y la telefonía fija, móvil y el internet.

Sin embargo, se venció el término, es decir pasaron los 4 meses y el pasado 30 de junio se cumplió el plazo, sin que una gran parte de los clientes hayan llenado el formulario para que esta deuda sea prorrateada en un término de 3 años.

Un ejemplo de ello, es que la empresa distribuidora de energía eléctrica ENSA dice que a la fecha, sólo el 12% de sus clientes que deben los meses de marzo, abril, mayo y junio, han llenado el formulario para acogerse a la Ley de Moratoria.

Esto cobra importancia porque el beneficio no es automático. La empresa ENSA lo extendió por un mes más, es decir, por todo el mes de julio.

Pero se debe llenar el formulario, que en este caso está en la página web de ENSA; si se cumple con los requisitos se recibirá la aprobación por correo electrónico; luego, en su factura de agosto recibirá el detalle de la cuota acordada a pagar.

Es importante que se sepa que se llena un formulario por cada cuenta que se posea; y que en caso de alquiler, el titular es quien autoriza el formulario.

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