Cambios a la Ley de Responsabilidad Fiscal suspende aportes del Canal al Fondo de Ahorro de Panamá hasta 2026

Asamblea Nacional

Las modificaciones a la Ley de Responsabilidad Social ya son normas de la República, tras su publicación en la Gaceta.

Fondo de Ahorro de Panamá

Panamá/Por tres años, el Gobierno no aportará los excedentes del Canal de Panamá al Fondo de Ahorro de Panamá (FAP). Así lo establecen los cambios planteados a la Ley de Responsabilidad Fiscal aprobada hoy lunes por el pleno de la Asamblea Nacional.

"Se suspenden los efectos del numeral 1 del artículo 3 de la Ley 38 de 2012, para los años fiscales 2024, 2025 y 2026", se lee en el documento aprobado.

La Ley 38 de 2012 es la que crea el FAP y precisamente el numeral 1 del artículo 3 que habla sobre la regla de acumulación que constituirá el FAP en su numeral 1 dice que “Toda contribución de la Autoridad del Canal de Panamá al Tesoro Nacional, superior al 3.5% del PIB [Producto Interno Bruto] nominal del año en curso, a partir de 2015".

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En los cambios planteados a la Ley de Responsabilidad Fiscal Social también se establecieron los límites anuales para el tope del déficit fiscal, fijando un máximo del 4% para el año 2025.

En 2026, el tope del déficit se situará en 3.5 %, para luego reducirse al 3% en 2027 y al 2.5% en 2029. A partir de 2030, el límite será del 2%.

Déficit

"Si la administración anterior nos sepultó en deuda, este va a hacer lo propio de una manera más mesurada", cuestionó el diputado Ernesto Cedeño. Asimismo consideró como "criminal" el artículo que suspende los ahorros del FAP.

Aquí no vamos ahorrar como deberíamos ahorrar, como debería ser con los excedentes que nos da el Canal de Panamá, se lo van a fumigar de manera despiadada (...)", se quejó el diputado.

Además, los diputados incluyeron modificaciones en la designación de los miembros del Consejo Fiscal, que serán nombrados por el Órgano Ejecutivo y ratificados por la Asamblea Nacional, por un periodo de siete años no prorrogables, a partir de un listado proporcionado por el Ministro de Economía y Finanzas al Presidente de la República.

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Pleno de la Asamblea Nacional / Foto/TVN-2.com

Este articulado también dispone que el Consejo Fiscal elegirá de entre sus miembros un presidente y un vicepresidente, quien actuará como presidente en caso de ausencia o impedimento de este.

Se añade un párrafo transitorio que establece que los primeros miembros del Consejo Fiscal ejercerán sus cargos por términos escalonados de tres, cinco y siete años. Al vencimiento de estos periodos iniciales, los nombramientos serán por un periodo único de siete años.

Los cambios que fueron aprobados hoy, ya son ley de la República, tras su publicación en la Gaceta Oficial

Se trata de la Ley N° 445

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