Camarón legislativo: Aprueban en segundo debate modificaciones a la revocatoria de mandato
Los diputados incluyeron el camarón legislativo en un proyecto propuesto por el Tribunal Electoral para reformar algunas competencias administrativas del Código Electoral.
El pleno de la Asamblea Nacional aprobó en segundo debate el proyecto de Ley No.776 que modifica el Código Electoral de la República de Panamá e incluye el procedimiento de revocatoria de mandato, que beneficiaría a varios diputados, entre ellos los disidentes de Cambio Democrático (CD).
La discusión se tornó álgida hasta altas horas de la noche del miércoles.
Dicho proyecto fue propuesto por el Tribunal Electoral (TE), para reformar algunas competencias administrativas dentro del Código Electoral, sin embargo, en medio del camino y como de costumbre, los diputados aprovecharon para incluir el denominado “camarón legislativo”.
El diputado del partido Panameñista, Luis Ernesto Carles, calificó de "chabacano" el discurso del presidente de la Asamblea Nacional, el oficialista Crispiano Adames.
Los ajustes realizados por los diputados parecieran entorpecer la iniciativa que llevó el TE y cae como anillo al dedo a los diputados del CD que enfrentan procesos de expulsión y revocatoria.
Carles recalcó que él no votaría a favor de "este engendro y entuerto", pues calificó de falta de respeto a Panamá.
Dijo que si se aprueba, los diputados quedan en una "soltura" y nadie podrá nunca revocarles el mandato.
El magistrado del TE, Heriberto Araúz dijo que está pendiente que la entidad imprima la edición oficial del Código Electoral y que la Asamblea convierta en ley el proyecto y el presidente de la República promulgue en Gaceta Oficial.
El magistrado se vio obligado a explicar la línea en la que se debería ir previo a arrancar el periodo electoral.
En tanto, ahora algunos de los diputados sumaron en medio de la discusión la citada norma para modificar la revocatoria de mandato.
Carlos Barsallo, de la Fundación de Libertad Ciudadana, catalogó de desafortunada e inconstitucional la introducción del impedimento de revocatoria de mandato en el proyecto.
Barsallo indicó que, esto viola el artículo 151 de la Constitución, que se refiere al debido proceso de la revocatoria, y señala que no se pueden dictar normas por los diputados que contraríen su texto.
Explicó que la Constitución tiene una fórmula doble, para los diputados les dice cómo se revoca su mandato y para los de libre postulación o independientes otra fórmula.