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Boris Barrios: Estado tendría que asignarle presupuesto al TE para realizar consulta popular

Consulta popular

Tribunal Electoral. / Redacción de TVN Noticias
Saydie M. González - Periodista Multimedios
31 de octubre 2023 - 08:51

Ciudad de Panamá, Panamá/Hace poco, el presidente de la República de Panamá, Laurentino Cortizo, informó al país que se estaría presentado ante la Asamblea Nacional un proyecto de ley para la realización de una consulta popular el próximo 17 de diciembre para la derogación de la Ley 406 que aprueba el contrato de concesión minera celebrado entre el Estado y la sociedad Minera Panamá, S.A.

Ante este anuncio, los magistrados del Tribunal Electoral (TE) se pronunciaron al respecto manifestando que en estos momentos “no hay condiciones para organizar la pretendida consulta popular" debido a la situación social que en estos momentos se vive en el país.

Sobre este tema, el exfiscal electoral Boris Barrios señaló que el llamado a este referéndum es totalmente irregular y que este habría funcionado si se realizaba con anterioridad a la firma de este contrato.

“El TE está inmerso en el proceso de un año preelectoral. A nivel nacional se van a dar un conjunto de postulaciones que van a tener al personal de la entidad complicado atendiendo las nueve provincias. Comprendo la posición de la institución al decir que la situación del país no permite esta consulta”, indicó Barrios.

De acuerdo con el exfiscal, el Estado Panameño tendría que asignarle un nuevo presupuesto a la entidad lo cual, desde su punto de vista, sería muy complicado el procedimiento.

“De forma constitucional hay dos temas facultados al presidente para convocar a este voto popular: El tema del canal y la Asamblea constituyente paralela, además de un tema relacionado a municipios. Frente a ese vacío, podemos decir que el presidente a través de una autorización del Consejo de Gabinete, como lo está haciendo, podría convocar a la Asamblea para que dicte una Ley de convocatoria y esta obligue al TE a reglamentar y ejecutar este proceso”, explicó.

Agregó que dentro de la constitución se establece que debe existir un plazo de tres meses para la ejecución de estos procesos.

Magistrados del Tribunal Electoral se pronuncian
Magistrados del Tribunal Electoral se pronuncian

“Hay un conflicto constitucional que no faculta al presidente y hay problema legal que es un vacío. Cuando se habla de un material consultivo, en un término general, lo que se reconoce en Panamá como mecanismo de consulta popular es un referéndum. No se reconoce el plebiscito, es un referéndum. Desde mi punto de vista, los tiempos no dan”, aclaró.

Por medio de un comunicado, los magistrados del TE también indicaron, entre otros puntos, que no existe en la Constitución Política ni en el Código Electoral norma alguna que contemple el tipo de consulta popular solicitada.

Sin embargo, si una Ley, debidamente aprobada y sancionada, así lo ordenase, la institución quedaría obligada a convocarla y organizarla, sujeta al tiempo y a los recursos necesarios, siempre y cuando existan las condiciones para garantizar el ejercicio de todos los derechos políticos como son los de seguridad y libre movilización.

Barrios dijo que, de darse la aprobación y sanción de esta, el Tribunal Electoral tendría que contratar personal adicional y capacitarlo para los efectos de hacer el referéndum en la fecha sugerida. Una situación que, desde su perspectiva, no lo ve viable dado los tiempos en que se está y más cuando la sociedad panameña mantiene los cierres de calle, algo que hace difícil organizar un referéndum en el tiempo fijado. 

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