Autoridad de Tránsito recuerda el reglamento relacionado al uso del papel ahumado
Transporte
Los conductores del transporte público selectivo, deben colocar a sus vehículos un papel ahumado de tono intermedio hasta grado N°2, con excepción del parabrisas y de las ventanas laterales al conductor.
Esto, con el fin de minimizar los efectos dañinos de los rayos solares a los pasajeros e interiores de los vehículos para mejorar la eficiencia de los aires acondicionados. Así lo recordó la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) en coordinación con la Dirección Nacional de Operaciones de Tránsito de la Policía Nacional.
La ATTT recordó lo dispuesto en el Artículo 66 del Reglamento de Tránsito, sobre lo establecido con respecto al debido uso del papel ahumado: Se permite que los vehículos destinados al transporte colectivo urbano e interurbano y al transporte selectivo utilicen.
Aquellas unidades que sean sorprendidas infringiendo la normativa serán sancionadas.
La entidad recordó que todo vehículo que preste el servicio de transporte de pasajeros debe contar con un Certificado de Operación, de no ser así, será sancionado según lo establecido en los artículos 241 (N°34) y 250 del Reglamento de Tránsito.