Atención | Aprueban moratoria de tres meses para registro de armas, ¿Cómo aplicar?
Moratoria
Ciudad de Panamá, Panamá/Por medio del Ministerio de Seguridad Pública (Minseg), el Órgano Ejecutivo, estableció el Decreto Ejecutivo N° 143 del 10 de agosto de 2023 que aprueba una moratoria de tres meses para todas aquellas personas naturales, nacionales y extranjeros que cuenten con carné de residente permanente y que se encuentren en posesión de armas de fuego de cacería, sin el debido registro, puedan entregarlas y solicitar su registro ante la Dirección Institucional en Asuntos de Seguridad Pública (Diasp).
De acuerdo con la entidad, se tiene previsto que la atención a los usuarios se realice en las siguientes fechas y sedes policiales:
📍 Chiriquí
David: Del 14 al 18 de agosto
San Félix: Del 21 al 25 de agosto
Chiriquí Grande: Del 6 al 10 de noviembre
📍 Veraguas
Santiago: Desde el 28 de agosto hasta el 1 de septiembre
📍 Herrera
Chitré: Del 4 al 8 de septiembre
📍 Coclé
Penonomé: Desde el 11 hasta el 15 de septiembre
📍 Colón
Portobelo: Del 18 al 22 de septiembre
📍 Darién
Metetí: Del 2 al 6 de octubre.
📍 Panamá
Chepo: Del 9 al 13 de octubre
Ancón: Sede de la Diasp del 23 al 27 de octubre
📍 Panamá Oeste
Sede del Diasp: Del 16 al 20 de octubre
📍 Bocas del Toro
Almirante: Del 30 de octubre al 3 de noviembre
Conforme a lo dispuesto en la “Ley de Vida Silvestre”, se incluyen aquellas con mecanismos de disparo a repetición y semiautomático, entre las que se encuentran escopeta calibre 12,16,20,28,36 y 410 al igual que rifles calibre 22 short, 22 Long, 22 Magnum y 22 Hornet.
Requisitos
En caso de estar aplicando a esta moratoria por primera vez, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Haber cumplido 18 años
- Proporcionar el formulario para trámite de certificado de tenencia
- Proporcionar tres municiones o tres cartuchos, según sea el caso, correspondiente al calibre del arma de fuego objeto del registro, para la obtención de la prueba balística por parte de la Diasp y municiones que “no” sean de punta hueca
- Declaración jurada rendida ante notario público, por medio del cual se establezca la forma y las condiciones relativas a la adquisición de las armas de fuego
- Copia simple de la cédula de identidad personal
- Aportar tres fotografías actuales, tamaño carné
- Aportar certificación, expedida con vigencia de seis meses, por psiquiatra o psicólogo idóneo, que certifique que goza de estabilidad mental y emocional
- Aportar certificación de laboratorio clínico idóneo, expedida con vigencia de tres meses, que conste que se sometió a una prueba antidopaje, cuyos resultados negativos prueban que no ha consumido drogas prohibidas
- Aportar certificación expedida por un polígono de tiro oficial o privado autorizado por la Diasp, que acredite que aprobó satisfactoriamente un examen de tiro correspondiente a los tipos de las armas objeto del registro
- Aportar certificado de antecedentes penales oficiales, emitido para la Diasp, con vigencia de 30 días
- Presentar comprobante de consignación a la cuenta bancaría del Minseg, que acredite el pago de la tasa de 50.00 dólares correspondientes a la expedición del certificado de tenencia de armas de fuego
En caso de aplicar a la moratoria y contar con un certificado de tenencia de armas de fuego vigente, los requisitos serán los siguientes:
- Presentar copia de su certificado de tenencia vigente y original para cotejo de este
- Proporcionar el formulario para trámite
- Proporcionar tres municiones correspondientes al calibre del arma de fuego. Municiones que “no” sean de punta hueca
- Declaración jurada ante notario público, que establezca la forma de adquisición del arma de fuego
- Comprobante de consignación a la cuenta bancaría del Minseg, que acredite el pago de la tasa de 11.00 dólares correspondiente a la inclusión del arma al certificado de tenencia de armas de fuego
Para más información, puede ingresar a la página web www.minseg.gob.pa