Atención | Aprueban moratoria de tres meses para registro de armas, ¿Cómo aplicar?
Moratoria
Imagen ilustrativa de armas.
/ Cortesía de @MinSegPma
Ciudad de Panamá, Panamá/Por medio del Ministerio de Seguridad Pública (Minseg), el Órgano Ejecutivo, estableció el Decreto Ejecutivo N° 143 del 10 de agosto de 2023 que aprueba una moratoria de tres meses para todas aquellas personas naturales, nacionales y extranjeros que cuenten con carné de residente permanente y que se encuentren en posesión de armas de fuego de cacería, sin el debido registro, puedan entregarlas y solicitar su registro ante la Dirección Institucional en Asuntos de Seguridad Pública (Diasp).
De acuerdo con la entidad, se tiene previsto que la atención a los usuarios se realice en las siguientes fechas y sedes policiales:
📍 Chiriquí
David: Del 14 al 18 de agosto
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San Félix: Del 21 al 25 de agosto
Chiriquí Grande: Del 6 al 10 de noviembre
📍 Veraguas
Santiago: Desde el 28 de agosto hasta el 1 de septiembre
Conforme a lo dispuesto en la “Ley de Vida Silvestre”, se incluyen aquellas con mecanismos de disparo a repetición y semiautomático, entre las que se encuentran escopeta calibre 12,16,20,28,36 y 410 al igual que rifles calibre 22 short, 22 Long, 22 Magnum y 22 Hornet.
Imagen ilustrativa de armas de fuego.
/ Foto/Policía Nacional
Requisitos
En caso de estar aplicando a esta moratoria por primera vez, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Haber cumplido 18 años
Proporcionar el formulario para trámite de certificado de tenencia
Proporcionar tres municiones o tres cartuchos, según sea el caso, correspondiente al calibre del arma de fuego objeto del registro, para la obtención de la prueba balística por parte de la Diasp y municiones que “no” sean de punta hueca
Declaración jurada rendida ante notario público, por medio del cual se establezca la forma y las condiciones relativas a la adquisición de las armas de fuego
Copia simple de la cédula de identidad personal
Aportar tres fotografías actuales, tamaño carné
Aportar certificación, expedida con vigencia de seis meses, por psiquiatra o psicólogo idóneo, que certifique que goza de estabilidad mental y emocional
Aportar certificación de laboratorio clínico idóneo, expedida con vigencia de tres meses, que conste que se sometió a una prueba antidopaje, cuyos resultados negativos prueban que no ha consumido drogas prohibidas
Aportar certificación expedida por un polígono de tiro oficial o privado autorizado por la Diasp, que acredite que aprobó satisfactoriamente un examen de tiro correspondiente a los tipos de las armas objeto del registro
Aportar certificado de antecedentes penales oficiales, emitido para la Diasp, con vigencia de 30 días
Presentar comprobante de consignación a la cuenta bancaría del Minseg, que acredite el pago de la tasa de 50.00 dólares correspondientes a la expedición del certificado de tenencia de armas de fuego
En caso de aplicar a la moratoria y contar con un certificado de tenencia de armas de fuego vigente, los requisitos serán los siguientes:
Presentar copia de su certificado de tenencia vigente y original para cotejo de este
Proporcionar el formulario para trámite
Proporcionar tres municiones correspondientes al calibre del arma de fuego. Municiones que “no” sean de punta hueca
Declaración jurada ante notario público, que establezca la forma de adquisición del arma de fuego
Comprobante de consignación a la cuenta bancaría del Minseg, que acredite el pago de la tasa de 11.00 dólares correspondiente a la inclusión del arma al certificado de tenencia de armas de fuego
Para más información, puede ingresar a la página web www.minseg.gob.pa