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Una iniciativa ciudadana propone penalizar los cierres de calle en la vía Panamericana

Asamblea Nacional

La propuesta buscaría 'elevar la carretera Panamericana a la categoría de tránsito internacional (como el Canal de Panamá)', de acuerdo a su proponente.

Protestas en Panamá
Cierre de calles en Panamá

Panamá/Una nueva iniciativa ciudadana que busca prohibir los cierres de calles en la vía Panamericana llegó a la Asamblea Nacional.

La propuesta, a la que tuvo acceso TVN-2.com, fue presentada el pasado 3 de julio por el abogado Enzo Polo, y ha sido considerada "viable" (anteproyecto de ley 603) por el Legislativo. Ahora deberá ser analizada por la Comisión de Gobierno, presidida por el diputado Luis Eduardo Camacho, del partido Realizando Metas.

Trámite en la Asamblea Nacional sobre propuesta de cierre de calles
Trámite en la Asamblea Nacional sobre propuesta de cierre de calles / Asamblea Nacional

En la exposición de motivos de la propuesta, que en total, modificaría 12 artículos del Código Penal y se adiciona uno nuevo, además de una modificación al Código Procesal Penal, se señala que ha sido una "necesidad latente de décadas tipificar como delito el cierre de calles, autopistas, carreteras, puentes, túneles y otras rutas de tránsito".

Algunas sanciones

Entre las modificaciones propuestas, se incluye un nuevo numeral al artículo 133 del Código Penal, que prevé penas de tres a seis años de prisión para los casos de cierre de calles que impidan el libre tránsito. El anteproyecto detalla: “Si el hecho ocurre por el cierre, bloqueo, obstrucción, interrupción del derecho al libre tránsito o circunstancias similares causadas por el agente en carreteras u otras vías de circulación en el territorio nacional”.

El artículo 149, relativo a los delitos de libertad individual, será modificado para estipular que “si la privación de libertad ocurre como consecuencia del confinamiento forzado por el cierre o bloqueo de todas las vías de acceso a la comunidad donde reside la víctima, la sanción será de 7 a 10 años de prisión”.

En este caso, la pena se triplica si se priva a alguien de su libertad, que es de uno a tres años de prisión o su equivalente en días-multa o arresto de fines de semana.

La imagen ilustra los cientos de camiones que en 2023, estuvieron  varados en Chiriquí tras 12 días de protestas
La imagen ilustra los cientos de camiones que en 2023, estuvieron varados en Chiriquí tras 12 días de protestas

Libre tránsito: el eje central

El artículo 170, que trata sobre delitos contra el libre tránsito, la libertad de reunión y de prensa, se modificará en su totalidad para establecer que “quien ejecute cualquier acto que ponga en peligro o impida el libre tránsito de vehículos a motor sobre la carretera Panamericana, será sancionado con prisión de 10 a 15 años. Si del hecho resulta algún daño que impida el normal funcionamiento de la vía, la pena será de 20 a 30 años de prisión”.

Actualmente, el artículo prevé penas de seis meses a dos años de prisión para quienes, abusando de su derecho de reunión o manifestación, impidan el libre tránsito y causen daños a la propiedad pública o privada.

Además, la propuesta aborda los daños causados por bloqueos de calles en vías públicas. Se añade al artículo 230 que “cuando el daño se ocasione mediante intimidación o violencia contra terceros, con destrucción o grave daño en un bien público, vehículo oficial o privado, o por la pérdida de semovientes y otros productos hortícolas o pecuarios, con la intención de interrumpir, bloquear, impedir u obstruir el libre tránsito de vehículos a motor sobre cualquier carretera o vía pública en el territorio nacional, la pena será de 7 a 10 años de prisión”.

También se aclara con un nuevo numeral del artículo 261 que, si la seguridad económica se ve afectada por impedir el ejercicio del derecho al libre tránsito, la pena será de 7 a 10 años de prisión.

En tanto, se modifica el último párrafo del artículo 509 del Código Procesal Penal, para indicar que están excluidos de la aplicación del párrafo anterior los delitos de homicidio doloso simple, homicidio doloso agravado, secuestro, extorsión, blanqueo de capitales, violación sexual, entre otros.

Lea aquí la propuesta:

Documento
Iniciativa sobre cierre de calles
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El contexto y a la espera de debate

La propuesta surge meses después de que el país experimentara bloqueos y cierres de calles en julio de 2022 y a finales de 2023. Esta última debido a la polémica situación sobre la minería.

No es la primera vez que se intenta penalizar estos bloqueos en busca de proteger el libre tránsito.

En 2010, hubo un primer intento. Se incorporó una modificación al artículo 167-A del Código Penal, pero más tarde fue declarado inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia.

Luis Eduardo Camacho electo presidente de la Comisión de Gobierno
Luis Eduardo Camacho electo presidente de la Comisión de Gobierno / TVN

El abogado Enzo Polo, quien impulsa la propuesta, recordó que la inconstitucionalidad se debió a la forma en que se introdujo el cambio y al vínculo con tres derechos fundamentales consagrados en la Constitución.

Después de ocho años y de muchos cierres generales, en especial tras las experiencias de mediados de 2022 y finales de 2023, se hace necesario tener esta conversación nuevamente. La situación caótica vivida en noviembre de 2023 nos permite concluir que lo ocurrido no fue un ejercicio de la libertad de reunión, sino un abuso de ese derecho y un atentado contra los derechos fundamentales de la población panameña”, expresó Polo en la exposición de motivos.

El país necesita reglas claras. No es posible el desarrollo sin inversiones, y la inseguridad vivida de tiempo en tiempo con estos cierres de vías, que no contribuye a nuestros esfuerzos para lograr el clima propicio para tales inversiones.

Durante mediados de 2022 y finales de 2023, el país enfrentó varias crisis sociales, afectando principalmente a las provincias de Bocas del Toro y Chiriquí, regiones con una alta concentración de productores. Los cierres de calles también impactaron el transporte internacional, dado que la vía Panamericana atraviesa 14 países del continente americano.

El gremio empresarial ha cuestionado estos bloqueos durante mucho tiempo. La Cámara de Comercio, Industria y Agricultura de Panamá ha señalado que, para un país cuya economía se basa en su plataforma de servicios y su posición geográfica, los bloqueos envían un mensaje negativo al mundo, desalentando nuevas inversiones y la generación de empleo.

En Panamá ya tenemos suficiente evidencia de que este tipo de trastornos en nuestra movilidad afecta principalmente al ciudadano, en todos los aspectos de su vida”, afirmó, en su momento, su entonces presidente Adolfo Fábrega García de Paredes.

En este contexto, el abogado Polo sostiene que la propuesta busca “elevar la Carretera Panamericana a la categoría de tránsito internacional (como el Canal de Panamá), ya que ambas infraestructuras están íntimamente interconectadas en el sistema logístico de transporte intermodal y multimodal existente en la República de Panamá”.

Sin embargo, la iniciativa aún no ha sido ampliamente difundida entre los ciudadanos, por lo que podrían surgir voces en contra, argumentando que la moción sería inconstitucional, dado que el cierre de calles es una herramienta de lucha social en Panamá.

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