Aprueban en primer debate modificar ley sobre Cuenta Única del Tesoro
La Comisión de Economía y Finanzas de la Asamblea Nacional de Diputados aprobó hoy, en primer debate, el proyecto de ley No.015 que crea el Sistema Nacional de Tesorería y la Cuenta Única del Tesoro Nacional, tras lo cual inició de inmediato la discusión sobre el proyecto de ley No. 016 que crea en el Ministerio de Economía y Finanzasla Dirección General de Ingresos-DGI-.
El proyecto de ley No. 016 plantea que la DGI tendrá a su cargo en la vía administrativa, el reconocimiento, recaudación, cobranza, investigación y fiscalización de tributos así como la aplicación de sanciones y expedición de actos administrativos necesarios en caso de infracción de leyes fiscales.
El proyecto de ley fue presentado el pasado 7 de agosto ante la Asambleapor el ministro de Economía y Finanzas, Dulcidio De La Guardia, ante el hecho que la Corte Suprema de Justicia en decisión unánime anunció, a través de un comunicado de prensa en sesión ordinaria el 3 de julio de 2014, que la ley que creó la Autoridad Nacional de Ingresos ANIP será declarada inconstitucional.
En tanto, el proyecto que modifica la Ley 56 de 2013 que crea el Sistema Nacional de Tesorería y la CuentaÚnica del Tesoro, aprobado en primer debate, consta de seis artículos.
Enel primer artículo crea el Comité Técnico de Tesorería, que tendrá como función principal recomendar y revisar las políticas relativas a la gestión de las tesorerías institucionales.
Su integración y demás funciones serán objeto de reglamentación por parte del Órgano Ejecutivo, según el proyecto.
Se excluye de la Cuenta Única del Tesoro Nacional a la Autoridad del Canal de Panamá, la Caja de Seguro Social, las universidades estatales, los municipios, juntas comunales, intermediarios financieros, Aeropuerto Internacional de Tocumen, la Empresa Nacional de Autopista S.A., la Empresa de Transmisión Eléctrica S.A.
También establece que todas las cuentas bancarias que, a la fecha de entrada en vigencia de esta Ley, se encuentren abiertas a favor de las instituciones y/o funcionarios en el sistema bancario nacional o extranjero, cualquiera que sea su tipo, deberán ser cerradas al momento en que la Cuenta Única del Tesoro Nacional comprenda el ámbito institucional correspondiente. Para este cierre, las cuentas bancarias deberán contar con un análisis previo realizado por la Dirección General de Tesorería.
Con datos de Rolando Aponte