Alcaldía dicta normas para regular el desarrollo de dianas por fiestas patrias
La Alcaldía de Panamá, a través de un decreto, dictó las normas que regirán para la organización de dianas en locales o establecimientos comerciales o en espacios públicos, durante las fiestas patrias.
De acuerdo con la norma, para organizar estas actividades se requiere de un permiso expedido por la Alcaldía de Panamá, el cual será tramitado en la Dirección de Legal y Justicia.
Esta solicitud deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Nota o petición dirigida al alcalde.
- Copia de cédula del solicitante.
- Paz y salvo municipal del solicitante vigente.
- Visto bueno de la Junta Comunal del Área donde se va a realizar la diana.
- Formato del compromiso de la Policía Nacional.
- Copia del FISCOI.
- Autorización del propietarios del lugar donde se va a realizar el evento.
- Paz y Salvo municipal del local.
- Copia autenticada ante el notario del aviso de operación.
- Copia autenticada ante el notario de la certificación de la empresa.
- Copia de la cédula del representante legal del local.
- Pago por el permiso. El costo para la realización de las Dianas en establecimientos comerciales es de 150 balboas.
Se excluye de este procedimiento a las dianas organizadas por las instituciones públicas como parte de las celebraciones oficiales de las efemérides patrias.
Mientras que las personas que organicen dianas sin contar con los permisos se exponen a la suspensión inmediata de la Diana, según lo establecido en el Decreto Alcaldicio No. 46, del 26 de enero de 1999.
La medida tiene el propósito de organizar adecuadamente las dianas de manera que la ciudadanía disfrute de estas actividades propias de la celebración de las efemérides patrias, según la Alcaldía de Panamá.