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Actualizan regulaciones sobre mano de obra extranjera en Panamá

Ministerio de Trabajo

Grupo de trabajadores en una bodega.
Grupo de trabajadores en una bodega. / Foto ilustrativa

Ciudad de Panamá/Con el objetivo de cumplir con las disposiciones creadas por medio del Decreto Ejecutivo No. 4 del 2 de marzo de 2023, mismo que fue publicado en Gaceta Oficial el 9 de marzo, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral realizó una serie de actualizaciones a la normativa que reglamenta los artículos 17, 18 y 19 del Código de Trabajo sobre la contratación de mano de obra extranjera en el país.

El Decreto Ejecutivo también reglamenta otras leyes especiales, los compromisos sociales en materia humanitaria y de protección especial, así como nuevos conceptos de trabajo como el autoempleo y de estudiantes. 

De acuerdo con la institución los permisos de trabajo fueron clasificados en 6 tipos:

  1. Permisos de Trabajo que equivalen a mano de obra local: Este aplica para aquellos extranjeros que, de acuerdo con las regulaciones de la Ley, son considerados con los mismos tratos que los nacionales por su condición y arraigo al país, sea por tener más de 10 años continuos en el territorio nacional, por ser padres o madres de hijos panameños, casados con nacionales, etc.
  2. Porcentajes Autorizados por el Código de Trabajo: Son los porcentajes de 10% de personal ordinario y 15% de personal especializado o técnico.
  3. Leyes Especiales: Aplicable a todas las disposiciones de regímenes empresariales o actividades económicas de empresas con regulaciones especiales siempre y cuando las disposiciones establezcan que necesitan permiso de trabajo.
  4. Protección Humanitaria: Será otorgado para personas que se encuentran en condición de refugio o trámite de refugio, asilado, apartida o víctima extranjera de trata de personas. Incluyéndose por primera vez el reconocimiento de las personas apátridas.
  5. Condiciones Especiales: Aquel que regula los permisos de trabajo de los extranjeros de países que mantienen relaciones amistosas o económicas con Panamá, regularización migratoria, extranjeros profesionales o estudiantes, y por primera vez un permiso de trabajo para trabajadores por cuenta propia o autoempleo.
  6. Temporales: Permiso otorgado a los artistas internacionales, técnicos especializados y artistas de espectáculos nocturnos. 

Mitral informó que posteriormente estarán emitiendo una resolución ministerial que reglamenta el procedimiento para la solicitud y emisión de los carnés de trabajo, con la posibilidad de implementar un sistema digital para este trámite. 

Las personas tendrán hasta el 31 de marzo del presente año para presentar las debidas solicitudes que se encuentran establecidas bajo el Derogado Decreto 17 de 1999, esto aplica también para aquellas que ya se encontraban en curso. Una vez culminado este periodo, desde el 1 de abril de solo serán recibidos aquellos permisos de trabajo bajo las nuevas disposiciones del Decreto 4 de 2023.

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