Acodeco: No está permitido fotografiar a consumidores, colaboradores y agentes económicos sin consentimiento

La Acodeco aprovechó la oportunidad para recordarles a los consumidores que, al momento de presentar una queja o denuncia, es necesario facilitar la prueba de la transacción comercial (que puede ser la factura), así como cualquier otra que respalde la reclamación.

Sede central de Acodeco
Sede central de Acodeco / Foto/Acodeco

Ciudad de Panamá/La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), recordó a la ciudadanía en general que, de acuerdo con lo establecido en la Ley 81 de 26 de abril de 2019, específicamente en su artículo 2, numeral 8, así como en su artículo 11, no está permitido filmar o fotografiar a colaboradores, consumidores y agentes económicos, sin su debido y expreso consentimiento.

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La reiteración de la entidad se hace con el fin de proteger la privacidad de los usuarios y colaboradores de Acodeco.

"Solicitamos encarecidamente que se abstengan de realizar actos que la Ley considera contrarios a su naturaleza. El cumplimiento de esta prerrogativa garantiza la confidencialidad de los procesos, así como la imparcialidad en ellos, protegiendo los derechos de todos los involucrados", cita un comunicado emitido por la entidad.

Igualmente, Acodeco aprovechó la oportunidad para recordarles a los consumidores que, al momento de presentar una queja o denuncia, es necesario facilitar la prueba de la transacción comercial (que puede ser la factura), así como cualquier otra que respalde la reclamación.

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