Las multas serán de $500 a $2 mil por estacionarse en una acera en el distrito de Panamá
Este lunes 19 de agosto, ha sido publicado en Gaceta Oficial el Decreto número 025-2019, que “modifica sanciones y multas impuestas aplicables en el Municipio de Panamá”.
Las personas que se estacionen sobre aceras, isleta, vereda, remanente vial, parque, plaza, o cualquier espacio público en el Municipio de Panamá, será sancionado con $500 .
La multa será de mil balboas si las personas estacionan sus vehículos en la acera de las paradas, zonas pagas, estaciones de pasajeros o de las zonas adyacentes destinadas a tales áreas destinadas al servicio del Metrobús.
También se impondrán multas de mil dólares a quienes se estacionen sobre las aceras de terminales, estaciones de pasajeros, intercambiadores o de las zonas adyacentes destinadas a las Líneas del Metro de Panamá.
El decreto también establece multa de $2 mil para quienes estacionen vehículos en la acera, vereda, área verde o cualquier espacio público que forme parte del proyecto de revitalización de ejecutado por el Municipio de Panamá.
El Artículo 1 del nuevo decreto, se establecen sanciones para las personas naturales o jurídicas que realicen actividades públicas, eventos, o espectáculos sin contar con los permisos correspondientes.
Según se establece, se suspenderán en el acto y se aplicarán sanciones de mil balboas y en el caso de reincidencia serán $2 mil.
También, en los establecimientos en los que se requieran servicios de fumigación y se incumplan con los requisitos establecidos en el decreto, serán sancionados con $500 y en caso de reincidencia la multa será de mil balboas.
Otra de las sanciones contempla la multa de $5 mil para los dueños de lotes baldíos, casas en ruinas o abandonadas que los mantengan con herbazales, basura, chatarras o maleza.
También se prohíbe la utilización de las paredes o cercas de solares o lotes baldíos, edificios o casas en ruinas para la instalación o colocación de vallas o anuncios de publicidad exterior.
Quien incumpla con esa disposición, será sancionado con una multa de $5 mil y en caso de reincidencia serán $10 mil.
En el caso de sorprender a una persona natural o jurídica vendiendo bebidas alcohólicas sin el permiso correspondiente para hacerlo pasadas las 12:00 medianoche, será sancionado con $5 mil y el reincidente con $10 mil y se procederá con el cierre definitivo del local.
El documento lleva la firma del alcalde del distrito de Panamá, José Luis Fábrega y regirá a partir de su promulgación, es decir desde este 19 de agosto de 2019.