Nueva prórroga de 30 días para suspensión de contratos de trabajo
Una tercera prórroga automática de 30 días fue autorizada ayer, miércoles 1 de julio, por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel), para la suspensión temporal de los contratos de las empresas cuyas operaciones no hayan sido reactivadas, según las medidas de retorno gradual.
La segunda prórroga emitida en mayo, venció el 29 de junio pasado.
De acuerdo con el Decreto N° 100 del 1 de julio de 2020, la suspensión temporal de los efectos de los contratos de trabajo de las filiales no incluidas en su articulo 1 se tramitarán de conformidad con el articulo 2 del Decreto Ejecutivo N° 95 del 21 de abril de 2020.
En tanto, las empresas cuya reactivación haya sido autorizada, y que mantengan trabajadores con contratos suspendidos deberán solicitar la Mitradel la prórroga de dichas suspensiones.
Se anunció que a partir del lunes 13 de julio, las solicitudes de prórrogas deberán solicitarse por medio de la plataforma Panamá Digital (www.panamadigital.gob.pa).
Se recordó que la suma de todas las extensiones de suspención autorizadas no debe exceder los 4 meses.