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Apelan fallo que rechazó impugnaciones a candidaturas de Martinelli

Presentan apelación en caso de impugnación de candidaturas de Martinelli

El abogado Jorge Rubio acudió este martes 16 de abril a la sede del Tribunal Electoral (TE), para presentar un recurso de apelación a la decisión de una jueza electoral, que no admitió las demandas de impugnación a las candidaturas de alcalde y diputado del expresidente Ricardo Martinelli.

En un documento de 11 páginas, los demandantes solicitaron al Pleno del TE, revoque lo resuelto por la Juez Quinta Electoral y en su defecto, se declaren probados los hechos y fundamentos, por el cual Ricardo Martinelli no puede ser postulado, mucho menos ser candidato a puesto de elección popular en las elecciones que se aproximan.

En la nota también se menciona que Rubio, “ejerciendo sus derechos como ciudadano” impugnó en nombre propio las postulaciones publicadas en el boletín 4469-B de 16 de febrero de 2019, a los cargos de alcalde del Distrito de Panamá y a diputado del circuito 8-8, del Ricardo Martinelli.

Y reiteraron que dicha impugnación es por no cumplir con el tiempo necesario de residir en la circunscripción electoral correspondiente (alcalde), como también, por no residir en el circuito electoral correspondiente (diputado).

Señalan que "la controversia no trata si el Ricardo Martinelli aparece como ciudadano en el padrón electoral, sí puede ejercer su voto o no en las elecciones del 5 de mayo del presente año".

El tema que se discute es, si una persona que evidentemente no reside en la circunscripción y mucho menos en el circuito electoral por la cual está se candidatiza, puede o no ser postulada.

Agregan que “peor aún, ser candidato a un puesto de elección popular, cuando este, no reúne, no cumple, no llena los requisitos que se contemplan tanto en la Ley como en la Constitución Política.

El magistrado Eduardo Valdes Escoffery, dijo que el documento debería llegar al despacho no antes del sábado por lo que se deberá atender a partir de la próxima semana.

Agregó que se entiende la premura sobre el tema porque es de interés y además el TE debe apresurarse enb la impresión de las boletas.

Tras la audiencia que se realizó la semana pasada, la jueza Quinta Electoral, Elvia Renginfo, desestimó las dos impugnaciones presentadas con Rubio con la que se pretende imposibilitar, que el expresidente participe como candidato en los comicios generales.

Las impugnaciones se basan en que el expresidente Martinelli no cumple con los requisitos en materia de residencia para correr como candidato, porque no residió en Panamá un año antes del periodo electoral.

En el Artículo 291 del Código Electoral se establece que para postularse como candidato a principal o suplente de alcalde, concejal o representante de corregimiento se requiere: Ser residente de la circunscripción electoral correspondiente, por lo menos, un año antes de la fecha de la elección.

Por su parte, el Artículo 290 sostiene que los candidatos a diputados principales y suplentes deberán cumplir los requisitos siguientes: Ser residente del circuito electoral correspondiente por lo menos un año inmediatamente anterior a la postulación.

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