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Iglesia panameña ha investigado 8 denuncias de abusos a menores desde 2006

Iglesia Católica da guía para atención de denuncias de abuso a menores / TVN Noticias

La Iglesia Católica de Panamá afirmó hoy que en los últimos diez años ha investigado ocho supuestos casos de abusos sexuales a menores por parte de clérigos.

"La Iglesia ha recibido (desde 2006) denuncias de unos ocho casos, que ya han sido tramitadas y han concluido", dijo este martes en rueda de prensa el sacerdote panameño Juan Solís, sin detallar sobre las investigaciones.

La mayoría de los sucesos, agregó el clérigo, no han trascendido a la justicia ordinaria ni cuentan con sentencias judiciales porque las víctimas no han acudido a los tribunales.

"Si se trata de una persona adulta que fue abusada en su infancia y no quiere hacer la denuncia civil porque a lo mejor no quiere someterse al escrutinio público, no se puede hacer nada", lamentó el cardenal panameño, José Luis Lacunza.

Los religiosos hicieron estas declaraciones durante la presentación del manual "Protegiendo nuestro tesoro", una guía para que los obispos panameños sepan cómo actuar frente a los "dolorosos casos" de abusos sexuales a menores dentro de la Iglesia.

Según se informó, la guía tiene como objetivo facilitar a los obispos panameños un instrumento que responda a las indicaciones de la Sagrada Congregación para la doctrina de la Fe y les ayude en el tratamiento de ese tipo de casos.

En base al Derecho Canónico (canon 1717 § 1, § 2), al momento en que el obispo de una diócesis tenga la noticia, al menos verosímil, de un delito, se le exige que investigue con cautela, personalmente o por medio de una persona idónea, sobre los hechos y sus circunstancias así como sobre la imputabilidad a no ser que esta investigación parezca del todo superflua, ya que se debe evitar que por la investigación que se realice, se afecte la buena fama de alguien.

Al recibirse la acusación, el obispo (ordinario) debe investigar personalmente o a través de otro, y entrevistar a la víctima, al acusado y posteriormente presentar una síntesis incluyendo las conclusiones.

El obispo (Ordinario), junto con dos sacerdotes consejeros, escogidos por él mismo estudia el caso y define si se cometió el delito y si es imputable al sacerdote acusado.

Posteriormente se envía toda la información a la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe y esta decide si acoge para sí el caso o lo remite al obispo (Ordinario), para que se desarrolle el proceso administrativo.

Este proceso terminará con la absolución del acusado o una sanción acorde con el delito cometido.

En una nota, la CEP, deja claro que no hay nada que pueda justificar las acciones de abuso contra ningún ser humano y mucho menos contra aquellos que por su condición de menores de edad o equiparados a ellos requieren la atención y protección preferencial de los adultos.

Citan las palabras de Juan Pablo II, quien dijo que “no hay espacio en el sacerdocio para aquellos que abusan de los niños y de los jóvenes”. Mientras que el papa Benedicto XVI estableció la “tolerancia cero”, ante el abuso de menores por parte de los clérigos y religiosos.

En cada diócesis habrá un sacerdote, quien se encargará de recibir estas denuncias y se formará un equipo interdisciplinario para la atención de las víctimas y del sacerdote o religioso acusado. El equipo estará dedicado a la formación para la prevención de estos delitos.

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