Aprueban ley que aumenta penas de prisión a pederastas
La Asamblea Nacional de Diputados aprobó en tercer debate el aumentar los años de prisión a pederastas y violadores.
De acuerdo con lo aprobado, los pederastas serán sancionados con prisión de hasta 18 años, mientras que los violadores purgarán pena de 10 a 15 años de prisión. Establece que quien logre acceso sexual con persona mayor de 14 años y menor de 18 será sancionado con prisión de 4 a 6 años, aunque medie consentimiento.
Sobre el trabajo comunitario, la suspensión de las penas y el reemplazo de ellas, se establece "que no se aplicarán estas condiciones cuando sea una persona sancionada por los delitos contra la libertad e integridad sexual en perjuicio de una persona menor de 14 años de edad".
Se dispone penas de 10 a 15 años de prisión, cuando se acredite en la víctima, menor de 14 años, una alteración psicosexual.
En el Código Penal se suman nuevos elementos tales como inhabilitación para el ejercicio de cargos, oficios o profesión en parques, parvularios, centros escolares, campos o centros deportivos y áreas aledañas.
Además de las medidas anteriores, después de cumplir con la pena impuesta, no se les permitirá a las personas que hayan cometido estos delitos que permanezcan en lugares donde regularmente se agrupen menores de edad para practicar actividades para su desarrollo integral y la prohibición de residir en determinado lugar.
La normativa abarca penas, entre otros aspectos, para la corrupción de menores, posesión y distribución de pornografía infantil, exhibicionismo, el comercio sexual, así como el acceso a espectáculos pornográficos a personas menores de edad, acoso sexual y actos libidinosos.
El Proyecto de Ley 584 surgió por iniciativa de los diputados Iván Picota y Athenas Athanasiadis.