Perú aprobó marco de norma para recaudar unos 1,800 millones de dólares
El Gobierno del presidente de Perú, Martín Vizcarra, aprobó este lunes un decreto supremo que fija los parámetros para la aplicación de la esperada norma antielusiva general con la expectativa de alcanzar una recaudación tributaria anual de 6,000 millones de soles (unos 1,800 millones de dólares).
El decreto fue publicado en el diario oficial El Peruano con el objeto de establecer los parámetros de fondo y forma para la aplicación de la nueva norma antielusiva, que busca a su vez otorgar a la Administración Tributaria la facultad necesaria para combatir las conductas elusivas que afectan el deber de la solidaridad y la capacidad contributiva.
Esta norma antielusiva, promovida por el Ejecutivo, aún está pendiente de su aprobación en el Congreso y significa resolver litigios por deudas tributarias por más de 3,000 millones de dólares.
El presidente del Consejo de Ministros, Salvador del Solar, declaró al canal estatal TV Perú que la ley antielusiva "puede permitir que nuestro país pueda recaudar entre 2,400 o quizá más de 6,000 millones de soles (1,800 millones de dólares) por año para poder trabajar por los peruanos".
El decreto publicado este lunes precisa que la norma antielusiva puede ser aplicada en situaciones de baja o escasa rentabilidad o que no se ajusten al valor de mercado, en reorganizaciones o reestructuraciones empresariales o de negocios con apariencia de poca sustancia económica.
Asimismo, cuando hay empleo de figuras legales, empresariales, contratos o esquemas no usuales que contribuyan al diferimiento de los ingresos o rentas, o a la anticipación de gastos, costos o pérdidas, entre otros.
Además, la norma señala que los actos, situaciones o relaciones económicas a realizarse en el marco de la planificación fiscal son los que son propuestos por el gerente general o gerente financiero o quien haga sus veces, a efectos de su aprobación por parte del Directorio.
Aclara que "no es responsable solidario, al amparo del numeral 13 del artículo 16 del Código Tributario, el director que haya participado en el acuerdo y que manifestó su disconformidad mediante acta o carta notarial".
Las facultades de la autoridad tributaria se sujetan al marco legal y reglamentario, así como a la Constitución Política.
De igual forma, como parámetro de forma se establece que la aplicación de la norma antielusiva se enmarca en un procedimiento de fiscalización de carácter definitiva, previa opinión del Comité Revisor.
El ministro de Economía, Carlos Oliva, señaló en una nota de prensa que "el solo hecho de tener una Ley Antielusiva cumple una función preventiva porque desalentará el uso de este tipo de mecanismos".
"Así, el Perú se suma a otros países que ya cuentan con una Ley Antielusiva General como Argentina, Brasil, Chile, Colombia, México y Uruguay en la región; o como Alemania, Canadá, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia y Holanda, en otras zonas del mundo", agregó.
La norma contribuirá a mejorar la presión tributaria en Perú, que fue de 13 % en 2017 y 14.1 % en 2018, debido a la informalidad, principalmente de las micro, pequeñas y medianas empresas; y la elusión, que ocurre como consecuencia del avance de la globalización de los negocios, el comercio internacional, la economía digital y la sofisticación de los instrumentos financieros, señaló el ministerio peruano de Economía.