Transportistas escolares deberán utilizar facturas fiscales
Los transportistas colegiales deberán utilizar facturas fiscales, informó este lunes 10 de febrero la Dirección General de Ingresos (DGI). Esto es necesario para aplicar la ley que deduce gastos escolares en beneficio de contribuyentes.
Unos 1,500 transportistas se verán afectados.
“La DGI informó hoy a los dueños de buses colegiales del cambio en una reunión convocada por la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), en vista que en las próximas semanas se iniciará el período escolar 2020, en la que miles de padres de familias contratan estos servicios colegiales, por lo que deben ajustarse a las nuevas circunstancia y realidades que exige la ley”, detalló un comunicado de la DGI.
En el pasado período escolar, los padres de familia firmaban una tarjeta como constancia de los pagos que realizaban a los transportistas, pero esta modalidad deberá cambiar este año al entrar en vigencia la Ley 37 de 5 de junio de 2018, que permite que los gastos escolares sean deducibles del Impuesto Sobre la Renta.
Los expertos de la DGI explicaron que la Ley 37 les permite a los padres de familia deducir de la matrícula, los útiles escolares, uniformes (camisa, pantalón, zapatos, correas, entre otros gastos) y el transporte, hasta por un monto de 3,600 dólares por cada dependiente.
Estas compras y servicios tienen que ser presentadas ante la institución con factura fiscal original, para poderse acoger al beneficio de la deducibilidad de los gastos escolares, lo que obliga a los transportistas de colegiales actualizar sus métodos de cobro para poder mantenerse en este sistema.
La dirigencia transportista señaló que esperan que la nueva ley ayude a sacar del sistema a los transportes escolares piratas.