Panamá arrancará el 2022 con una nueva Ley de Cabotaje

Panamá arrancará el 2022 con una nueva Ley de Cabotaje
Panamá arrancará el 2022 con una nueva Ley de Cabotaje / TVN Noticias

Una ley que regula el cabotaje y las actividades de comercio interior en las aguas jurisdiccionales de la República de Panamá entrará a regir en 2022, siendo la primera en el país, lo que marca un precedente importante para toda la industria marítima auxiliar local, similar a los que han adoptados en otras naciones para protegerse de la especulación de empresas extranjeras.

La Ley estipula entre otras cosas, que al menos el 75% de los accionistas o miembros de las empresas que soliciten una licencia para ofrecer servicios marítimos tienen que ser nacionales y otra para que el 90% de la tripulación de los buques que operan en el país, sea mano de obra panameña.

Esta moderna Ley establece el marco regulatorio sobre las actividades de cabotaje y de comercio interior para que se desarrollen dentro de las aguas jurisdiccionales de la República de Panamá, las cuales estarán bajo la competencia de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP), en su condición de autoridad suprema para la ejecución de la Estrategia Marítima Nacional.

Anualmente se registra un promedio de 13,500 naves que transitan por aguas jurisdiccionales panameñas y en su mayoría requieren atención de la industria local para suplir sus necesidades. Asimismo, el país cuenta con unas 136 naves declaradas, especies náufragas.

Con esta Ley, se concede a la AMP, regular el procedimiento de especies náufragas y crear un fondo en esta materia dirigido a sufragar los costos de custodios, mantenimiento, manejo de imprevistos y emergencias, prevención de procesos de contaminación y cualquier otro gasto que se estimen convenientes de naves declaradas en estas condiciones.

El Fondo de Especies Náufragas estará sujeto a límites de contratación y fiscalización de la Contraloría General de la República, mediante el control posterior. Para su capitalización, la AMP debe tomar las previsiones necesarias a fin de realizar un aporte anual, también mediante la entrada de recursos producto de las tasas que se cobren.

Las naves de bandera panameñas o extranjeras que se encuentren dentro de las aguas jurisdiccionales panameñas declaradas como náufragas, ingresarán al patrimonio de la AMP, quedando con el derecho de la embarcación, sus enseres o mercancías abandonadas.

El propietario o representante de la nave podrá presentar reclamo, previo al consignar una fianza de $1,000,000. Con ello se garantiza el pago de las sumas adeudadas contabilizadas a la fecha de la declaratoria de especies náufragas, así como el pago que se impongan; incluyendo daño ecológico, reflote, reubicación, almacenamiento y demás.

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