MEF amplía mecanismos y agentes de retención de Itbms
A partir del 1 de noviembre de este año entrará en vigencia la nueva normativa sobre mecanismos y agentes de retención del Impuesto Sobre la Transferencia de Bienes Corporales Muebles y la Prestación de Servicios (Itbms), informó la Dirección General de lngresos (DGI).
Esta norma fue publicada el pasado lunes, 19 de octubre en Gaceta Oficial.
Según una nota del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la normativa contempla que los agentes de retención tienen que retener el Itbms partir de noviembre y hacer su primer reporte a la DGI, correspondiente a ese primer mes de retenciones, entre el 1 el 15 de diciembre del año en curso.
El director de la DGI, Publio Cortés, señaló que con esta norma se busca “reducir la evasión del Itbms, lo que permitirá aplicar en Panamá buenas prácticas internacionales para mejorar el cobro de este impuesto”.
A partir del 1 de noviembre, no solo las entidades del Gobierno actuarán como agentes de retención del 50% del Itbms, sino también 166 empresas del sector privado, indicó el comunicado.
Para conocer qué empresas son haga clic aquí.
“Se trata de empresas que adquieren bienes y servicios por 10 millones de dólares o más cada año y que, a partir de ahora, tendrán que retener el 50% del Itbms a sus proveedores e ingresarlo al Fisco”, explicó.
Además, los proveedores tendrán el derecho al crédito fiscal por el monto retenido por adelantado”, explicó Cortés.
Por lo que este método también permitirá incorporar al sistema a los contribuyentes omisos, precisó el comunicado.
Esta normativa aplica solo a compras locales, no a importaciones.
El formulario de retención estará disponible en la página web de la DGI a partir del 1 de noviembre.
Otras aplicaciones
El esquema planteado en la nueva reglamentación también incluye otro nuevo mecanismo de retención, mediante el cual las entidades administradoras de tarjetas de crédito y débito deberán retener y pagar al Fisco parte del Itbms, al momento en que realizan los reembolsos en efectivo a los comercios afiliados.
También se hacen ajustes importantes que aplican a las retenciones que debe realizar el sector público, entre los cuales se destaca que la retención que ya existe sobre el 50% del Itbms de los proveedores del Estado, ahora debe realizarse sin importar el monto del contrato.