Lo que no se ha dicho del fideicomiso de grupo Félix B. Maduro
Luego que los activos y bienes de las empresas Importadora Maduro, Maduro Internacional y Félix B. Maduro fuesen traspasados a un fideicomiso a cargo del Banco Nacional de Panamá, les explicamos en que consiste esta transacción comercial.
Para ello, TVN-2.COM consultó a José Manuel Jaén, gerente de una empresa fiduciaria, que respondió un cuestionario en donde da a conocer los detalles de un fideicomiso, figura comercial bajo la que están funcionando las tres empresas del grupo Félix B. Maduro.
Desde el pasado 5 de mayo la Oficina de Control de Activos en el Extranjero (Ofac por sus siglas en inglés) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, incluyó a Waked y a su sobrino Nidal Waked en la denominada "Lista Clinton" y se les aplicó restricciones para hacer negocios con estadounidenses, a 65 empresas vinculadas a ambos. Dentro de esas empresas se incluyeron a las de Grupo Félix B. Maduro.
Sin embargo, el 3 de junio de este año, tras ser autorizado por la Ofac, Waked aceptó salir de la propiedad y administración de Grupo Félix B. Maduro y que los activos fuesen a un fideicomiso a cargo del Banco Nacional de Panamá (BNP). Como directores de las empresas fueron designados Carlos Rabat (que es el gerente de Félix B. Maduro), Patricia Planells y Alberto Diamond.
No obstante, a la fecha las dudas se centran en saber quién o quienes son los beneficiarios, el plazo del fideicomiso y quien comprará las empresas.
Los Waked son señalados de presuntamente pertenecer a una organización que se dedica al narcotráfico y lavado de dinero a través de sus empresas.
Abdul Waked enfrenta un proceso administrativo ejecutado por la Ofac y que involucra a sus empresas en Panamá y otros países. Nidal Waked tiene un proceso penal en su contra y está detenido en Colombia, pendiente de ser extraditado a Estados Unidos.
A continuación las respuestas de José Manuel Jaén, sobre el fideicomiso.
PREGUNTA: ¿Qué es un fideicomiso?
RESPUESTA: Es un contrato mediante el cual una persona (de nombre fideicomitente) transfiere bienes de cualquier tipo o naturaleza, a favor de un tercero llamado fiduciario para que este los maneje o administre de acuerdo al objeto específico establecido en el propio contrato de fideicomiso, en beneficio de otra persona o personas llamados beneficiarios o fideicomisarios.
P. ¿Cómo queda la propiedad de los bienes en un fideicomiso?
R. La propiedad se traspasa real y efectivamente al fiduciario. Es una condición esencial de la naturaleza del contrato de fideicomiso que los bienes dados en fideicomiso salgan del patrimonio del fideicomitente e ingresen al patrimonio del fiduciario quien por mandato legal estará obligado a mantener un registro y contabilidad individual de ese fideicomiso, separada de los activos propios del fiduciario. Estos bienes por mandato legal constituyen un patrimonio autónomo, independiente, separado y protegido legalmente de los demás activos del propio fideicomitente, quien generalmente de acuerdo a la redacción del contrato de fideicomiso, pierde el control absoluto de dicho patrimonio, así como su manejo, administración, asignación y distribución; quedando estas facultades en cabeza del fiduciario.
P. ¿Se requiere obligatoriamente que haya un beneficiario en el fideicomiso?
R. Es correcto. Estos pueden ser determinados (por nombres específicos) o determinables (debe existir un mecanismo claro para determinarlos).
P. ¿Cómo quedan los colaboradores ante el fideicomiso?
R. Si se refiere al caso específico del tema de la lista Clinton, le indico que el fiduciario seleccionado debe tomar la administración de los negocios dados en fideicomiso y con un comité de administración y gerencia, mantener las operaciones de los negocios que así le sean encomendados. En principio no debería haber una consecuencia directa para los empleados por el solo hecho de traspasar algunos negocios a un fideicomiso. De hecho este mecanismo les permite volver a operar comercialmente como habían venido haciendo hasta la publicación de la referida lista.
P. ¿Existe un plazo para que se mantenga el fideicomiso?
R. No estoy seguro en este momento si han dado un plazo específico, pero entiendo que es hasta que un grupo con capacidad financiera y solvencia negocie la compra de los negocios en cuyo momento deberían ser transferidos los activos puestos en fideicomiso al nuevo propietario.
P. ¿Durante este periodo de fideicomiso, se puede dar la venta de la propiedad?
R. Así es.
P. ¿Quién avalaría la venta?
R. Habría que leer el contrato de fideicomiso, pero dada la naturaleza de lo ocurrido le diría, sin conocer el detalle específico, que el fiduciario, seguramente con el aval de la OFAC.
P. ¿El dinero de la venta a quién le correspondería?
R. Será puesto en una cuenta separada y protegida que estaría a órdenes de la oficina de la Ofac mientras se resuelva el tema de fondo y los presuntos delitos incurridos.
P. ¿Si se da la venta, cómo quedarían los colaboradores?
R. Esto ya sería un decisión del nuevo propietario. Como cualquiera que compra un negocio le toca evaluar cómo va a llevar su negocio.