El caso de una persona con tres cargos en el gobierno, ¿Qué establece la ley?
Diputados suplentes
El Código Electoral obliga al funcionario a elegir un solo cargo, en el caso de ser electo en más de dos puestos.
Ciudad de Panamá/En las elecciones generales del pasado 5 de mayo, varios candidatos decidieron correr por tres cargos de elección popular. El caso más conocido fue el de la exdiputada Zulay Rodríguez, quien aspiraba al cargo de alcalde de San Miguelito, diputada de la República y presidenta del país, como es sabido, Rodríguez no salió electa, pero sigue disputando la última curul en San Miguelito.
Quien sí fue uno de los que salió electo a los tres cargos de elección popular fue Eugenio '"Geño" Delgado, sin embargo, el Código Electoral le ordena despojarse de dos cargos para solo ejercer uno.
Delgado corrió como suplente del diputado Nelson Jackson, representante del corregimiento de Salud y alcalde de Chagres.
Hasta ahora, solo se ha conocido esta renuncia de manera pública, no obstante, no se descarta la posibilidad de que se repitan casos similares en otras jurisdicciones circuitales.
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¿Qué pasa en estos casos?
La exprocuradora y exdiputada Ana Matilde Gómez, confirmó a TVN-2.com que en este caso, tras la renuncia de Delgado a los cargos de representante y diputado suplente, Jackson se quedaría sin suplente por todo el periodo electoral (2024-2029).
Al asumir como alcalde del distrito de Chagres, también descarta la junta comunal de Salud, con lo cual su suplente Marisol Medina Camaño, asumiría como principal, quedando sin suplente por este quinquenio, según explicó Gómez.
De momento, el Tribunal Electoral no ha informado a través de su boletín de otras renuncias similares.
El proceso se asemeja con lo ocurrido con el exmandatario Ricardo Martinelli, que tras ser inhabilitado, el ahora presidente José Raúl Mulino, asumió como principal sin un vicepresidente.
¿Funciones del alcalde?
Según el artículo 233 de la Carta Magna, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación ciudadana, así como el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asigne la Constitución y la Ley, son funciones del Municipio.
El salario en cada jurisdicción puede variar, pero por estas funciones los alcaldes tendrán derecho a devengar un ingreso mensual que puede llegar hasta 12,500 dólares, monto dividido entre salario, gastos de movilización, gastos de representación y dietas por reuniones.