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Caso Etesa | ¿Qué es un mutuo acuerdo y en qué casos aplica? Aquí te explicamos

Mutuo acuerdo Etesa

En la Contraloría se encuentran los documentos bajo la categoría de "liquidaciones", pero hasta la fecha, no han sido refrendados.

Personas revisan un documento. Imagen ilustrativa
Personas revisan un documento. Imagen ilustrativa / Pixabay

Ciudad de Panamá/Luego de que surgiera el escándalo por las cuantiosas sumas que deben ser entregadas a directivos de la Empresa de Transmisión Eléctrica (Etesa) con motivo de finalización de contratos, en concepto de "mutuo acuerdo", cabe aclarar en qué consiste esa figura y quiénes aplican a estos casos.

Tras ser expuesto el "caso Etesa", como ha sido conocido en redes sociales, la empresa emitió un comunicado para defender los acuerdos, que según ellos, fueron aprobados por la Junta Directiva, ya que no solo se aplicó para el gerente general, sino también para otros cinco funcionarios de altos mandos.

La molestia se generó cuando se conoció que se pagarían $249,196.56 dólares al gerente general de Etesa, Carlos Mosquera Castillo, tras suscribir un "mutuo acuerdo". Además de Mosquera, otros altos funcionarios suscribieron mutuos acuerdos, lo cual resultó en 959,920.09 dólares como total.

Aunque el acuerdo está amparado por la ley, algunas figuras criticaron las actuaciones, asegurando que es "inmoral y abusivo".

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¿Qué es un mutuo acuerdo?

Boris Lasso, jefe de Orientación Laboral del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, explicó a TVN-2.com que esto es una forma de terminación de la relación de trabajo que implica la negociación de ambas partes: empleador y trabajador. Ambas partes se sientan y acuerdan la terminación de la relación de trabajo, en donde se toman en cuenta los derechos adquiridos, los cuales serán garantizados por la ley.

Vacaciones, décimos y prima de antigüedad. En este caso, estas prestaciones o derechos hay que pagarlos al 100%. Lo que se pudiese negociar sería el monto de la indemnización y cualquier otra suma adicional, que no implique ser derecho adquirido", indicó.

De acuerdo con Lasso, el mutuo acuerdo aplica en cualquier condición, solo bastaría con la intención de ambas partes de dar por finalizada la relación de trabajo. "Debe constar por escrito, contener el desglose de lo que se va a pagar y fechas de pago si se ha acordado pagar por plazos este mutuo acuerdo", aclaró.

Este se calcula como si fuera una liquidación, no obstante, el monto de indemnización puede ser negociado.

Se toman en cuenta las vacaciones vencidas o proporcionales, el décimo tercer mes vencido o proporcional y la prima de antigüedad, que establece el Código de Trabajo, siendo el pago de una semana de salario por cada año trabajado o fracción de manera proporcional.

La indemnización va relacionada al tiempo de servicio, al salario que devengaba el trabajador y una constante que se le aplica por ser la indemnización como una especie de incremento al salario, por no ser un despido, hay la posibilidad de ser negociado"

Según explicó el jefe de Orientación Laboral del Mitradel, el mutuo acuerdo puede ser propuesto por el empleador al trabajador, como es el caso más común, o por un trabajador al empleador, sin embargo, esto no suele ser lo cotidiano.

'Juega vivo no va'

De momento, el contralor de la República, Gerardo Solís, no ha emitido ningún comentario al respecto y la documentación categorizada bajo "liquidaciones" espera refrendo.

El presidente de la República, Laurentino Cortizo Cohen, tampoco emitió opinión u orden al respecto, sin embargo, el presidente electo, José Raúl Mulino, solicitó a Solís "no pagar" estos mutuos acuerdos y criticó de "inmoral y abusivo" los mutuos acuerdos en Etesa. También dejó claro que no permitiría más "juega vivo con dinero del pueblo NO VA" y que tampoco seguirá permitiendo que las Juntas Directivas salientes realicen reuniones de última hora para aprobar temas que no tocaron en los últimos cinco años.

Además del caso Etesa, se conoció que otras entidades también suscribieron mutuos acuerdos.

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