Pasos para obtener un Aviso de Operación para actividades comerciales en Panamá
Economía en Panamá
El aviso de operación simboliza una declaración jurada obligatoria y necesaria para que el desarrollo comercial o industrial pueda iniciar, la cual es confirmada por el sistema de Panamá Emprende, para luego integrar un documento público con validez jurídica que podrá usar para todos los trámites y efectos legales.
La institución encargada para tramitar la solicitud de Aviso de Operación es el Ministerio de Comercio e Industrias en el Departamento de Dirección General de Comercio Interior. Documento obligatorio para el inicio de una actividad comercial o industrial en el territorio de la República Panameña e incluye, pero no se limita, al Registro Único de Contribuyentes ante la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas.
Actividades reguladas con requisitos previos
Las personas naturales o jurídicas que vayan a dedicarse a una o más de las siguientes actividades comerciales o industriales deberán asegurar que han cumplido los requisitos legales y reglamentarios que las regulan al momento de iniciar el proceso de Aviso de Operación:
- Los establecimientos de alojamiento ocasional, casas de citas o de ocasión, clubes nocturnos, boites y cabarés.
- El expendio de bebidas alcohólicas, que requerirá el previo cumplimiento de lo establecido en el artículo 2-A de la Ley 55 de 1973, adicionado por la presente Ley.
- Las derivadas de contratos de concesión administrativa del Estado o de las autoridades locales, tales como transporte público, medios de comunicación y, en general, las relacionadas con los servicios públicos.
- Las reguladas como banca, empresas fiduciarias, seguros, reaseguros, bienes raíces, casas de empeño, casas de remesas de dinero, empresas financieras, casas de valores, asesores de inversiones, bolsas de valores y centrales de valores.
- Las casas de valores, asesores de inversiones, bolsas de valores y centrales de valores, los cuales requerirán la obtención de licencia obligatoria ante la Comisión Nacional de Valores de la República de Panamá.
- Los establecimientos farmacéuticos, los cuales deberán obtener adicionalmente una licencia ante la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas del Ministerio de Salud.
- Los hospitales, las instituciones hospitalarias y las clínicas, los cuales requerirán permiso previo por el Ministerio de Salud.
- La venta de armas, municiones, equipos y materiales relacionados, así como agencias de seguridad privada, las que requieren una licencia especial expedida por el Ministerio de Gobierno y Justicia.
- Las de admisión, transporte y entrega de correos.
Las relacionadas con situaciones de alto riesgo público por sus implicaciones a la salud, al medio ambiente o a la seguridad
Requisitos:
Acceder a:https://www.panamaemprende.gob.pa/login registrarse y seguir las instrucciones.
Este trámite está bajo:
- LEY No.5 de 11 de enero de 2007 "Que agiliza el proceso de apertura de empresas y establece otras disposiciones"
- Decreto Ejecutivo No.26 del 12 de julio del 2007.
INFORMACIÓN DE PAGO.
INFORMACIÓN DE CONTACTO.
Oficina central de panamá
Dirección:
Ministerio de Comercio e Industrias Departamento de Licencias Tumba Muerto, Plaza Edison, Planta
Horario de Atención al Público:
Lunes a Viernes de 8:00 a.m. – 4:00 p.m.
Para recibir mayor información o atención personalizada comunicarse con los números de teléfono: (507) 560-5874 / (507) 560-5875 / (507) 560-5876
infopanamaemprende@mici.gob.pa
Líneas Telefónicas de Atención Directa al Público: (507) 504-4526 / 504-4528 / 504-4529 / 504-4460 / 504-4388 / 504-4394
Servicio y Atención al Cliente: rruiz@mici.gob.pa
"Con información de https://www.panamatramita.gob.pa/es” .