Qué se puede y qué no se puede hacer el 5 de mayo durante las elecciones
El Tribunal Electoral reitera que el 5 de mayo, día de las Elecciones Generales, está prohibida la colocación y difusión de propaganda politica, lo mismo que las caravanas, concentraciones, uso de altavoces y equipos de sonido y todo tipo de contenido propagandístico, como la distribución de articulos promocionales, entre otros.
Los electores, los candidatos a los distintos cargos, tanto de partidos politicos como los de libre postulación, y sus activistas pueden usar vestimenta de su colectivo o de su campaña.
Es permitido que los candidatos entreguen alimentos y bebidas sin contenido alcohólico a sus activistas durante el ejercicio de sus funciones electorales.
Los puestos de orientación a los electores, permitidos por las normas electorales, deben estar ubicados a una distancia mínima de 20 metros de la entrada de los centros de votación, sin afectar el flujo ni la movilidad de los votantes.