Fallo de Magistrado Zamorano limita candidaturas por la libre postulación
La tarde de este viernes 23 de noviembre se conoció que un fallo del magistrado Abel Zamorano declaró que no es inconstitucional que el Tribunal Electoral acepte solo tres candidatos a la libre postulación para el cargo de Presidente de la República.
La información fue confirmada a TVN-2.com por el abogado Juan Carlos Araúz, quien interpuso la demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 246 A del Código Electoral.
Este artículo limita las candidaturas por libre postulación a solo tres aspirantes. La justificación del magistrado Zamorano, fue que este tipo de demanda era “cosa juzgada”.
Según el abogado Araúz, que acudió a la sede de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para conocer del fallo, la decisión judicial destaca que “este tipo de debate ya fue adelantado en un fallo del 2016 (…) En ese momento se trataba de normas que regularon las elecciones del 2014 y nuestra demanda es contra la que regulaba los comicios del 2019”.
El jurista no descartó que en los próximos días estén preparando acciones para acudir ante Comisión Interamericana de los Derechos Humanos.
“No comparto el criterio del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, lo que ha realizado es evadir el debate sobre las existencia de una norma que es lesiva a los derechos políticos de los aspirantes por la libre postulación (…) Cerrado el debate en Panamá se abre las puertas a nivel internacional en torno a la legislación que viola garantías de la Convención Americana de los Derechos Humanos”, señaló Araúz.
Actualmente la legislación electoral panameña permite que los tres candidatos por la libre postulación que obtengan el mayor número de firmas requeridas por reglamentación puedan convertirse en aspirantes a los diferentes puestos de elección durante las elecciones generales de mayo del 2019.